domingo, 19 de agosto de 2012

EL CONCEPTO PARTICIPACIÓN


El concepto “participación” es introducido en el vocabulario litúrgico en el siglo pasado, promovido por el Magisterio y por el movimiento litúrgico. Participación deriva del latín (participatio = partem capere: tomar parte), se usa como sinónimo de adhesión y de intervención. Su uso en la liturgia deriva de diversos usos profanos. Es usado en el vocabulario político, económico, social y en el lenguaje cotidiano, indicando no sólo la participación en algo, sino también la invitación a participar. En este último caso la participación significa una adhesión solidaria. Participación significa, en general, el hecho de tener relación con, tener en común con, estar en comunión; que equivaldría a relación, comunicación,  semejanza, conjunción, etc[1].



viernes, 17 de agosto de 2012

IPAD EN LA LITURGIA

A raíz de la advertencia que realizaron los obispos de Nueva Zelanda al clero que determinaron para sus diócesis que el Misal no puede ser reemplazado por tabletas, Ipad, teléfonos u otros dispositivos, varios obispos y sacerdotes expertos en liturgia y comunicaciones profundizaron en las razones que impulsaron la decisión y los criterios que la Iglesia considera a la hora de evaluar el uso de los elementos tecnológicos en la liturgia. 

"Todos los credos tienen libros sagrados que son reservados para aquellos rituales y actividades que están en el corazón de la fe", habían señalado los prelados de Nueva Zelanda, quienes advirtieron que esta realidad es palpable también dentro de la Iglesia Católica: "el Misal Romano es uno de nuestros libros sagrados. Su forma física es un indicador de su papel especial en el culto".


LA PARTICIPACIÓN ACTIVA

Introducción

            La renovación litúrgica concretada por el Concilio Vaticano II es el resultado de un largo proceso de reflexión del Magisterio y de la teología por medio del movimiento litúrgico. El estudio atento de los diversos períodos histórico-litúrgico-pastorales demuestra que en el cristianismo siempre ha existido la preocupación y el esfuerzo por lograr que las diversas generaciones de fieles logren una mayor y más íntima participación de la acción litúrgica. Son diversas y variadas las formas como la Iglesia busco adaptarse a las diversas condiciones de los creyentes y a las múltiples estructuras eclesiales, buscando que se logre este doble movimiento propio de la celebración: llevar la liturgia a los fieles y los fieles a la liturgia; y tratando de conseguir una comprensión lo más profunda posible de los textos y de los ritos, para que la participación en la celebración sea espiritualmente fructífera, plena y completa.

martes, 12 de junio de 2012

QUEJAS POR ABUSOS EN MATERIA LITÚRGICA

De forma muy especial, todos procuren, según sus medios, que el santísimo sacramento de la Eucaristía sea defendido de toda irreverencia y deformación, y todos los abusos sean completamente corregidos. Esto, por lo tanto, es una tarea gravísima para todos y cada uno, y, excluida toda acepción de personas, todos están obligados a cumplir esta labor.
Cualquier católico, sea sacerdote, sea diácono, sea fiel laico, tiene derecho a exponer una queja por un abuso litúrgico, ante el Obispo diocesano o el Ordinario competente que se le equipara en derecho, o ante la Sede Apostólica, en virtud del primado del Romano Pontífice. Conviene, sin embargo, que, en cuanto sea posible, la reclamación o queja sea expuesta primero al Obispo diocesano. Pero esto se haga siempre con veracidad y caridad.
REDEMPTIONIS SACRAMENTUM

lunes, 11 de junio de 2012

LA SEDE APOSTÓLICA EN RELACIÓN CON LOS ABUSOS LITÚRGICOS

Cuantas veces la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos tenga noticia, al menos probable, de un delito o abuso que se refiere a la santísima Eucaristía, se lo hará saber al Ordinario, para que investigue el hecho. Cuando resulte un hecho grave, el Ordinario envíe cuanto antes, a este Dicasterio, un ejemplar de las actas de la investigación realizada y, cuando sea el caso, de la pena impuesta.
En los casos de mayor dificultad, el Ordinario, por el bien de la Iglesia universal, de cuya solicitud participa por razón de la misma ordenación, antes de tratar la cuestión, no omita solicitar el parecer de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos. Por su parte, esta Congregación, en vigor de las facultades concedidas por el Romano Pontífice, ayuda al Ordinario, según el caso, concediendo las dispensas necesarias o comunicando instrucciones y prescripciones, las cuales deben seguirse con diligencia.
REDEMPTIONIS SACRAMENTUM

sábado, 9 de junio de 2012

EL OBISPO DIOCESANO EN RELACIÓN CON LOS ABUSOS LITÚRGICOS

El Obispo diocesano, «por ser el dispensador principal de los misterios de Dios, ha de cuidar incesantemente de que los fieles que le están encomendados crezcan en la gracia por la celebración de los sacramentos, y conozcan y vivan el misterio pascual». A este corresponde, «dentro de los límites de su competencia, dar normas obligatorias para todos, sobre materia litúrgica».
«Dado que tiene obligación de defender la unidad de la Iglesia universal, el Obispo debe promover la disciplina que es común a toda la Iglesia, y por tanto exigir el cumplimiento de todas las leyes eclesiásticas. Ha de vigilar para que no se introduzcan abusos en la disciplina eclesiástica, especialmente acerca del ministerio de la palabra, la celebración de los sacramentos y sacramentales, el culto de Dios y de los Santos».

viernes, 8 de junio de 2012

OBUSOS LITÚRGICOS

Cuando se comete un abuso en la celebración de la sagrada Liturgia, verdaderamente se realiza una falsificación de la liturgia católica. Ha escrito Santo Tomás: «incurre en el vicio de falsedad quien de parte de la Iglesia ofrece el culto a Dios, contrariamente a la forma establecida por la autoridad divina de la Iglesia y su costumbre».
Para que se dé una solución a este tipo de abusos, lo «que más urge es la formación bíblica y litúrgica del pueblo de Dios, pastores y fieles», de modo que la fe y la disciplina de la Iglesia, en lo que se refiere a la sagrada Liturgia, sean presentadas y comprendidas rectamente. Sin embargo, donde los abusos persistan, debe procederse en la tutela del patrimonio espiritual y de los derechos de la Iglesia, conforme a las normas del derecho, recurriendo a todos los medios legítimos.