Para que, en el banquete
eucarístico, la plenitud del signo aparezca ante los fieles con mayor claridad,
son admitidos a la Comunión bajo las dos especies también los fieles laicos, en
los casos indicados en los libros litúrgicos, con la debida catequesis previa y
en el mismo momento, sobre los principios dogmáticos que en esta materia
estableció el Concilio Ecuménico Tridentino.
Para administrar a los fieles
laicos la sagrada Comunión bajo las dos especies, se deben tener en cuenta,
convenientemente, las circunstancias, sobre las que deben juzgar en primer
lugar los Obispos diocesanos. Se debe excluir totalmente cuando exista peligro,
incluso pequeño, de profanación de las sagradas especies. Para una mayor
coordinación, es necesario que la Conferencia de Obispos publique normas, con
la aprobación de la Sede Apostólica, por medio de la Congregación para el Culto
Divino y la Disciplina de los Sacramentos, especialmente lo que se refiere «al
modo de distribuir a los fieles la sagrada Comunión bajo las dos especies y a
la extensión de la facultad».