El Concilio Vaticano II en su constitución sobre la Sagrada Liturgia dice que el arte que se emplee en todo lo relacionado con la liturgia debe orientar santamente a los hombres hacia Dios y debe estar de acuerdo con la fe, la piedad y las leyes religiosas tradicionales (cf. Sacrosanctum Concilium, n. 122).
Por tanto, tiene que ser un arte digno y reverente. Se debe buscar más una noble belleza que la mera suntuosidad (cf. Sacrosanctum Concilium, n. 124). Esto se ha de aplicar también a las vestiduras y ornamentación sagrada. Hay que excluir, por lo mismo, aquellas obras artísticas que repugnen a la fe, a las costumbres y a la piedad cristiana, y ofendan el sentido auténticamente religioso, ya sea por la depravación de las formas, ya sea por la insuficiencia, la mediocridad o la falsedad del arte (cf. Sacrosanctum Concilium, n. 124).
Por tanto, tiene que ser un arte digno y reverente. Se debe buscar más una noble belleza que la mera suntuosidad (cf. Sacrosanctum Concilium, n. 124). Esto se ha de aplicar también a las vestiduras y ornamentación sagrada. Hay que excluir, por lo mismo, aquellas obras artísticas que repugnen a la fe, a las costumbres y a la piedad cristiana, y ofendan el sentido auténticamente religioso, ya sea por la depravación de las formas, ya sea por la insuficiencia, la mediocridad o la falsedad del arte (cf. Sacrosanctum Concilium, n. 124).