En algunas
circunstancias, hay un deseo de escoger una persona que no es Católica como
lector. Estas circunstancias son regidas por El Directorio para la Aplicación
de Principios y Normas sobre el Ecumenismo. (DAPNE) El directorio dice:
La proclamación
de la Palabra durante la Celebración Eucarística de la Iglesia Católica debe
ser realizada por un miembro de la Iglesia Católica. Con respecto a ocasiones especiales
y por una razón justa, el Obispo puede dar el permiso para que un miembro de
otra iglesia lea la Escritura. (DAPNE 133)
Por lo que no
se prohíbe que miembros de otras iglesias lean en situaciones especiales, como
en una boda con participantes de diferentes comunidades cristianas, o en una
función ecuménica, pero es necesario obtener un permiso del Obispo ordinario
antes de que el no-Católico sirva como lector.
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