miércoles, 29 de febrero de 2012

LA "DOMUS ECCLESIAE"

La domus ecclesiae indicaba un conjunto de locales diversos para los servicios de la comunidad, que comprendían, en el corazón mismo de la domus, la sala para la celebración de la liturgia. Si se adopta nuevamente esta expresión, no es por una manía arqueologizante o de retorno a los orígenes, sino por descubrir explícitos en ella, dentro de su dinámica de organización, los tres grandes aspectos de la iglesia: el profético, el litúrgico y el caritativo. Evidentemente, ha de ser la pastoral la que indique, con participación de la comunidad, la exigencia, la dimensión, la utilidad y el radio de influencia de tales estructuras. El edificio-iglesia, por consiguiente, está pensado como una pequeña ciudad dentro de la ciudad, como una realización de la Jerusalén terrena, anticipación de la nueva Jerusalén.
De E. Abruzzini
Nuevo Diccionario de Liturgia – Ediciones Paulinas

lunes, 27 de febrero de 2012

CEMENTERIO - CÓDIGO DE DERECHO CANÓNICO

Donde sea posible, la Iglesia debe tener cementerios propios, o al menos un espacio en los cementerios civiles bendecido debidamente, destinado a la sepultura de los fieles. Si esto no es posible, ha de bendecirse individualmente cada sepultura.
Las parroquias y los institutos religiosos pueden tener cementerio propio. También otras personas jurídicas o familias pueden tener su propio cementerio o panteón, que se bendecirá a juicio del Ordinario del lugar.
No deben enterrarse cadáveres en las iglesias, a no ser que se trate del Romano Pontífice o de sepultar en su propia iglesia a los Cardenales o a los Obispos diocesanos, incluso «eméritos».
Deben establecerse por el derecho particular las normas oportunas sobre el funcionamiento de los cementerios, especialmente para proteger y resaltar su carácter sagrado.
CDC (1240-1243)

EL SIGNO EN LA CIUDAD


En el indiferenciado y caótico tejido del actual contexto urbano sería fundamental hallar un lugar más reconocible donde pudiera el espíritu humano encontrarse con Cristo en la liturgia. Tal lugar habrá de ser un espacio urbano destinado al encuentro con el Señor y en el que se agrupen los seres humanos en torno a la única mesa y la única palabra; habrá de ser sobre todo reconocible como lugar santo; no sólo por el hecho de celebrarse en él el santo sacrificio, sino también en virtud de la santidad de quienes allí se congregan. Deberá ser un espacio acogedor y accesible, donde pueda el hombre encontrarse consigo mismo y encontrar al Otro en una dimensión de diálogo, de amistad y de oración y que estimule, por otra parte, la realización de la solidaridad humana.

domingo, 26 de febrero de 2012

LA RELACIÓN COMITENTE-ARQUITECTO ARTISTA


Se hace necesaria una consiguiente especificación. Entre las dos posturas extremas: dejar al técnico artista toda decisión o predeterminar por parte de las comisiones eclesiásticas competentes los modelos unívocos, se ve la conveniencia de reconsiderar juntos, comunidad local y artistas —como momento de madurez de la comunidad y de concienciación del artista—, la doctrina teológica sobre la iglesia; con lo que se consigue la individuación no de espacios ni de formas, sino de contenidos, de significados de las presencias y de las específicas exigencias locales que puedan constituir la base del programa edilicio a cuya realización concurren de igual manera la intuición, la creatividad, la sensibilidad del artista —correlativas a los vínculos internos y externos del programa mismo— dentro de un proceso unitario formativo de la obra. La comunidad local, las comisiones diocesanas y la central sobre el arte sacro podrán después comprobar, dentro de esa correcta relación, la pertinencia y la calidad de la respuesta artística.

sábado, 25 de febrero de 2012

LOS ALTARES

El altar, o mesa sobre la que se celebra el Sacrificio eucarístico, se llama fijo si se construye formando una sola pieza con el suelo, de manera que no pueda moverse; y móvil, si puede trasladarse de lugar. Conviene que en todas las iglesias haya un altar fijo; y en los demás lugares destinados a celebraciones sagradas, el altar puede ser fijo o móvil.
Según la práctica tradicional de la Iglesia, la mesa del altar fijo ha de ser de piedra, y además de un solo bloque de piedra natural; sin embargo, a juicio de la Conferencia Episcopal, puede emplearse otra materia digna y sólida; las columnas o la base pueden ser de cualquier material. El altar móvil puede ser de cualquier materia sólida, que esté en consonancia con el uso litúrgico.

FUNCIONALIDAD LITÚRGICA - EN LOS NUEVOS EDIFICIOS


La atención del lector se centrará ahora en la relación que se establece entre espacio arquitectónico y acción litúrgica. Precisemos inmediatamente cómo la primera aportación concreta de la arquitectura puede y debe ser el eliminar el mayor número de obstáculos técnicos y de formas que dificulten un armónico desarrollo de los ritos, desde las celebraciones litúrgicas y paralitúrgicas hasta las formas de piedad privada y comunitaria.

viernes, 24 de febrero de 2012

FUNCIONALIDAD LITÚRGICA - EN LOS EDIFICIOS HISTÓRICOS


Es necesario antes advertir que las tipologías históricas, con su carga de significados y de experiencias estratificadas, son aceptables por lo que tienen de expresión de una andadura de fe y una cultura que se aplicaron según modalidades propias, sí bien reavivándolas hoy a la luz de las aportaciones litúrgicas conciliares; en efecto, y con frecuencia, el uso de tales tipologías, unidas a las características artísticas e históricas del monumento —no sólo ineliminables, sino dignas también de conservarse celosamente—, puede aparecer como impedimento frente a la celebración de una liturgia renovada.
Los límites objetivos que, caso por caso, señalan las valoraciones histérico-artísticas no siempre permitirán alcanzar óptimas soluciones.