miércoles, 2 de mayo de 2012

REDEMPTIONIS SACRAMENTUM - PRIMERA PARTE


El Sacramento de la Redención, que la Madre Iglesia confiesa con firme fe y recibe con alegría, celebra y adora con veneración, en la santísima Eucaristía, anuncia la muerte de Jesucristo y proclama su resurrección, hasta que Él vuelva en gloria, como Señor y Dominador invencible, Sacerdote eterno y Rey del universo, y entregue al Padre omnipotente, de majestad infinita, el reino de la verdad y la vida.
La doctrina de la Iglesia sobre la santísima Eucaristía ha sido expuesta con sumo cuidado y la máxima autoridad, a lo largo de los siglos, en los escritos de los Concilios y de los Sumos Pontífices, puesto que en la Eucaristía se contiene todo el bien espiritual de la Iglesia, que es Cristo, nuestra Pascua, fuente y cumbre de toda la vida cristiana, y cuya fuerza alienta a la Iglesia desde los inicios. Recientemente, en la Carta Encíclica «Ecclesia de Eucharistia», el Sumo Pontífice Juan Pablo II ha expuesto de nuevo algunos principios sobre esta materia, de gran importancia eclesial para nuestra época.

Para que también en los tiempos actuales, tan gran misterio sea debidamente protegido por la Iglesia, especialmente en la celebración de la sagrada Liturgia, el Sumo Pontífice mandó a esta Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos que, en colaboración con la Congregación para la Doctrina de la Fe, preparara esta Instrucción, en la que se trataran algunas cuestiones referentes a la disciplina del sacramento de la Eucaristía. Por consiguiente, lo que en esta Instrucción se expone, debe ser leído en continuidad con la mencionada Carta Encíclica Ecclesia de Eucharistia.
Sin embargo, la intención no es tanto preparar un compendio de normas sobre la santísima Eucaristía sino más bien retomar, con esta Instrucción, algunos elementos de la normativa litúrgica anteriormente enunciada y establecida, que continúan siendo válidos, para reforzar el sentido profundo de las normas litúrgicas e indicar otras que aclaren y completen las precedentes, explicándolas a los Obispos, y también a los presbíteros, diáconos y a todos los fieles laicos, para que cada uno, conforme al propio oficio y a las propias posibilidades, las puedan poner en práctica.
Las normas que se contienen en esta Instrucción se refieren a cuestiones litúrgicas concernientes al Rito romano y, con las debidas salvedades, también a los otros Ritos de la Iglesia latina, aprobados por el derecho.
No hay duda de que la reforma litúrgica del Concilio ha tenido grandes ventajas para una participación más consciente, activa y fructuosa de los fieles en el santo Sacrificio del altar. Sin embargo, no faltan sombras. Así, no se puede callar ante los abusos, incluso gravísimos, contra la naturaleza de la Liturgia y de los sacramentos, también contra la tradición y autoridad de la Iglesia, que en nuestros tiempos, no raramente, dañan las celebraciones litúrgicas en diversos ámbitos eclesiales. En algunos lugares, los abusos litúrgicos se han convertido en una costumbre, lo cual no se puede admitir y debe terminarse.
La observancia de las normas que han sido promulgadas por la autoridad de la Iglesia exige que concuerden la mente y la voz, las acciones externas y la intención del corazón. La mera observancia externa de las normas, como resulta evidente, es contraria a la esencia de la sagrada Liturgia, con la que Cristo quiere congregar a su Iglesia, y con ella formar un sólo cuerpo y un sólo espíritu. Por esto la acción externa debe estar iluminada por la fe y la caridad, que nos unen con Cristo y los unos a los otros, y suscitan en nosotros la caridad hacia los pobres y necesitados. Las palabras y los ritos litúrgicos son expresión fiel, madurada a lo largo de los siglos, de los sentimientos de Cristo y nos enseñan a tener los mismos sentimientos que él; conformando nuestra mente con sus palabras, elevamos al Señor nuestro corazón. Cuanto se dice en esta Instrucción, intenta conducir a esta conformación de nuestros sentimientos con los sentimientos de Cristo, expresados en las palabras y ritos de la Liturgia.
Los abusos, sin embargo, contribuyen a oscurecer la recta fe y la doctrina católica sobre este admirable Sacramento. De esta forma, también se impide que puedan «los fieles revivir de algún modo la experiencia de los dos discípulos de Emaús: Entonces se les abrieron los ojos y lo reconocieron. Conviene que todos los fieles tengan y realicen aquellos sentimientos que han recibido por la pasión salvadora del Hijo Unigénito, que manifiesta la majestad de Dios, ya que están ante la fuerza, la divinidad y el esplendor de la bondad de Dios, especialmente presente en el sacramento de la Eucaristía.
No es extraño que los abusos tengan su origen en un falso concepto de libertad. Pero Dios nos ha concedido, en Cristo, no una falsa libertad para hacer lo que queramos, sino la libertad para que podamos realizar lo que es digno y justo. Esto es válido no sólo para los preceptos que provienen directamente de Dios, sino también, según la valoración conveniente de cada norma, para las leyes promulgadas por la Iglesia. Por ello, todos deben ajustarse a las disposiciones establecidas por la legítima autoridad eclesiástica.
PROEMIO

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