Sólo se pueden utilizar las
Plegarias Eucarística que se encuentran en el Misal Romano o aquellas que han
sido legítimamente aprobadas por la Sede Apostólica, en la forma y manera que
se determina en la misma aprobación. «No se puede tolerar que algunos
sacerdotes se arroguen el derecho de componer plegarias eucarísticas», ni
cambiar el texto aprobado por la Iglesia, ni utilizar otros, compuestos por
personas privadas.
La proclamación de la Plegaria
Eucarística, que por su misma naturaleza es como la cumbre de toda la
celebración, es propia del sacerdote, en virtud de su misma ordenación. Por
tanto, es un abuso hacer que algunas partes de la Plegaria Eucarística sean
pronunciadas por el diácono, por un ministro laico, o bien por uno sólo o por
todos los fieles juntos. La Plegaria Eucarística, por lo tanto, debe ser
pronunciada en su totalidad, y solamente, por el Sacerdote.
Mientras el Sacerdote
celebrante pronuncia la Plegaria Eucarística, «no se realizarán otras oraciones
o cantos, y estarán en silencio el órgano y los otros instrumentos musicales», salvo
las aclamaciones del pueblo, como rito aprobado, de que se hablará más
adelante.
Sin embargo, el pueblo
participa siempre activamente y nunca de forma puramente pasiva: «se asocia al
sacerdote en la fe y con el silencio, también con las intervenciones indicadas
en el curso de la Plegaria Eucarística, que son: las respuestas en el diálogo
del Prefacio, el Santo, la aclamación después de la consagración y la
aclamación «Amén», después de la doxología final, así como otras aclamaciones
aprobadas por la Conferencia de Obispos y confirmadas por la Santa Sede».
En algunos lugares se ha
difundido el abuso de que el sacerdote parte la hostia en el momento de la
consagración, durante la celebración de la santa Misa. Este abuso se realiza
contra la tradición de la Iglesia. Sea reprobado y corregido con urgencia.
En la Plegaria Eucarística no
se omita la mención del Sumo Pontífice y del Obispo diocesano, conservando así
una antiquísima tradición y manifestando la comunión eclesial. En efecto, «la
reunión eclesial de la asamblea eucarística es comunión con el propio Obispo y
con el Romano Pontífice».
REDEMPTIONIS
SACRAMENTUM
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