La ordenación de la sagrada
Liturgia es de la competencia exclusiva de la autoridad eclesiástica; ésta
reside en la Sede Apostólica y, en la medida que determine la ley, en el Obispo.
El Romano Pontífice, Vicario
de Cristo y Pastor de la Iglesia universal en la tierra... tiene, en virtud de
su función, potestad ordinaria, que es suprema, plena, inmediata y universal en
la Iglesia, y que puede siempre ejercer libremente, aún comunicando con
los pastores y los fieles.