El altar, o mesa sobre la que se
celebra el Sacrificio eucarístico, se llama fijo si se construye formando una
sola pieza con el suelo, de manera que no pueda moverse; y móvil, si puede
trasladarse de lugar. Conviene que en todas las iglesias haya un altar fijo; y
en los demás lugares destinados a celebraciones sagradas, el altar puede ser
fijo o móvil.
Según la práctica tradicional de la
Iglesia, la mesa del altar fijo ha de ser de piedra, y además de un solo bloque
de piedra natural; sin embargo, a juicio de la Conferencia Episcopal, puede
emplearse otra materia digna y sólida; las columnas o la base pueden ser de
cualquier material. El altar móvil puede ser de cualquier materia sólida, que
esté en consonancia con el uso litúrgico.
Se deben dedicar los altares fijos,
y dedicar o bendecir los móviles, según los ritos prescritos en los libros
litúrgicos. Debe observarse la antigua tradición de colocar bajo el altar fijo
reliquias de Mártires o de otros Santos, según las normas litúrgicas.
El altar pierde su dedicación o
bendición conforme al ⇒ c. 1212. Por la reducción de la
iglesia u otro lugar sagrado a usos profanos, los altares
fijos o móviles no pierden la
dedicación o bendición.
El altar tanto fijo como móvil, se
ha de reservar solamente al culto divino, excluido absolutamente cualquier uso
profano. Ningún cadáver puede estar enterrado bajo el altar; en caso contrario,
no es lícito celebrar en él la Misa.
CDC (1235-1239)
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