Cada vez que celebra la santa
Misa, el sacerdote debe comulgar en el altar, cuando lo determina el Misal,
pero antes de que proceda a la distribución de la Comunión, lo hacen los
concelebrantes. Nunca espere para comulgar, el sacerdote celebrante o los
concelebrantes, hasta que termine la comunión del pueblo.
La Comunión de los sacerdotes
concelebrantes se realice según las normas prescritas en los libros litúrgicos,
utilizando siempre hostias consagradas en esa misma Misa y recibiendo todos los
concelebrantes, siempre, la Comunión bajo las dos especies. Nótese que si un
sacerdote o diácono entrega a los concelebrantes la hostia sagrada o el cáliz,
no dice nada, es decir, en ningún caso pronuncia las palabras «el Cuerpo de
Cristo» o «la Sangre de Cristo».
La Comunión bajo las dos
especies está siempre permitida «a los sacerdotes que no pueden celebrar o
concelebrar en la acción sagrada».
REDEMPTIONIS
SACRAMENTUM