Tomás H. Jerez

viernes, 24 de febrero de 2012

FUNCIONALIDAD LITÚRGICA - EN LOS EDIFICIOS HISTÓRICOS


Es necesario antes advertir que las tipologías históricas, con su carga de significados y de experiencias estratificadas, son aceptables por lo que tienen de expresión de una andadura de fe y una cultura que se aplicaron según modalidades propias, sí bien reavivándolas hoy a la luz de las aportaciones litúrgicas conciliares; en efecto, y con frecuencia, el uso de tales tipologías, unidas a las características artísticas e históricas del monumento —no sólo ineliminables, sino dignas también de conservarse celosamente—, puede aparecer como impedimento frente a la celebración de una liturgia renovada.
Los límites objetivos que, caso por caso, señalan las valoraciones histérico-artísticas no siempre permitirán alcanzar óptimas soluciones.

Ello no justifica la exigencia culturalmente inaceptable de intervenciones destructoras; baste considerar que una comunidad bien estructurada y fuerte en su fe no halla dificultad alguna en celebrar la liturgia incluso en un prado, y menos aún la encontrará en celebrarla en un edificio cuya evocación del pasado pueda favorecer el sentido de la comunión eclesial.
Frente a obstáculos objetivos a unas intervenciones, la competente autoridad eclesiástica podrá circunstancialmente urgir adaptaciones pastorales adecuadas a la acción litúrgica local. Por lo demás, las directrices de la constitución conciliar sobre la sagrada liturgia no constituyen ninguna serie de normas fijas que, de no aplicarse, harían ineficaces las acciones litúrgicas, aunque sí expresan una necesidad de clarificación y de comprensión que permita una plena participación en la acción litúrgica como fuente de vida del cristiano en la iglesia.
De E. Abruzzini
Nuevo Diccionario de Liturgia – Ediciones Paulinas

No hay comentarios.:

Publicar un comentario